La Mediación aporta soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes, siendo una respuesta adecuada para resolver crisis entre dos partes enfrentadas, incluso cuando estos conflictos pudieran estar judicializados. 

Está construida en torno a la intervención profesional neutral que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de una forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes, así como mejorándolas, y conservando el control sobre el final del conflicto.

La desjudicialización de determinados asuntos familiares pueden tener una solución más adaptada a las necesidades e intereses de las partes en conflicto que la que podría derivarse de la previsión legal. Es por ello que la Mediación Familiar en nuestra Comunidad Autónoma se ha articulado como un procedimiento de fácil tramitación, sin coste económico, de corta duración en el tiempo y que minimiza los costes emocionales, procurando mejorar la comunicación y la relación entre las partes.

El Servicio de Mediación Familiar de la Junta de Extremadura se inició en el año 2002 y está regulado por la legislación del Estado en esta materia (Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles); y por una Instrucción de funcionamiento, de 2015, dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. A pesar de que hasta la fecha no existe legislación autonómica específica en la materia, la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9.30, establece que la “Protección a la familia e instrumentos de mediación familiar” son competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma. 

Se presta mediante un contrato de servicios en las ciudades de Badajoz, Cáceres, Mérida  y Plasencia, a través de  dos profesionales en cada uno de estos puntos, cuyos  perfiles son de Psicología, Trabajo Social, Educación Social o  Derecho, si bien poseen formación específica  en el ámbito de la Mediación Familiar. 

Como hemos dicho y como la propia legislación avala, la Mediación Familiar se constituye como un útil instrumento de apoyo a las familias para la resolución de determinados conflictos que se producen en su seno. Tanto es así que, en los últimos años, desde 2018, la Junta de Extremadura mantiene un Protocolo con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para la mediación familiar por derivación judicial de determinados litigios familiares.

En estos días celebramos el Día Europeo de la Mediación Familiar, coincidiendo con el primer texto legislativo que sobre mediación familiar se dictó en Europa a través de la Recomendación nº 98 aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 21 de enero de 1998. Este día debe ser motivo de celebración y de reflexión: los conflictos interpersonales son inherentes a la condición humana; resolverlos de forma positiva y dialogada “en la que todas las partes ganen” es un objetivo. 

Servicio de Mediación Familiar

Junta de Extremadura.

Enero, 2021