RUMI

Registro Unificado de Maltrato Infantil

La violencia hacia la infancia es una realidad que se traduce en sufrimiento y diferentes niveles de daño en el desarrollo de niños, niñas y adolescentes. Así lo señala en su preámbulo la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Hojas de Notificación del Registro Unificado de Maltrato Infantil

Las Hojas de Notificación del Registro Unificado de Maltrato Infantil supone una herramienta fundamental para establecer un cauce de comunicación entre los diferentes colectivos profesionales (ámbitos asocial, sanitario, educativo y policial) y la Entidad Pública, de la Junta de Extremadura, con competencias en la articulación de diferentes medidas de protección.

Hoja de Notificación de Riesgo y Maltrato Infantil desde los Servicios Sociales

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Hoja de Notificación de Riesgo y Maltrato Infantil en el Ámbito Educativo

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Hoja de Notificación de Riesgo y Maltrato Infantil en el Ámbito Sanitario

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Hoja de Notificación de Riesgo y Maltrato Infantil desde el Ámbito Policial

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Hoja de Notificación de Riesgo Social en la Embarazada y en el Recién Nacido

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Hoja de Notificación de Riesgo y Maltrato Infantil desde otros Ámbitos

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Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y  la adolescencia frente a la violencia

“…Como indica el Comité de los Derechos del Niño en la citada Observación General número 13, las graves repercusiones de la violencia y los malos tratos sufridos por los niños, niñas y adolescentes son sobradamente conocidas. Esos actos, entre otras muchas consecuencias, pueden causar lesiones que pueden provocar discapacidad; problemas de salud física, como el retraso en el desarrollo físico y la aparición posterior de enfermedades; dificultades de aprendizaje incluidos problemas de rendimiento en la escuela y en el trabajo; consecuencias psicológicas y emocionales como trastornos afectivos, trauma, ansiedad, inseguridad y destrucción de la autoestima; problemas de salud mental como ansiedad y trastornos depresivos o intentos de suicidio, y comportamientos perjudiciales para la salud como el abuso de sustancias adictivas o la iniciación precoz en la actividad sexual”

Esta misma Ley Orgánica da un lugar relevante a la responsabilidad compartida que implica la protección a la infancia. En su Título II regula el Deber de comunicación de situaciones de violencia; y especialmente en el artículo 16 con el deber de comunicación cualificado de “…aquellas personas que por razón de su cargo, profesión, oficio o actividad, tengan encomendada la asistencia, el cuidado, la enseñanza o la protección de niños, niñas o adolescentes y, en el ejercicio de las mismas, hayan tenido conocimiento de una situación de violencia ejercida sobre los mismos”

¿A quién dirigirse?

A través de cualquier Registro de la Junta de Extremadura:
Secretaria General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia | Servicio de Protección y Atención a la Infancia
C/ Antonio Rodríguez Moñino 2, 1
06800 Mérida

A través de los siguientes contactos:

Teléfonos:
924008850 | 924008838 | 624008864

Correo electrónico:
notificaciones.proteccionmenores@salud-juntaex.es