Este informe se basa en la publicación del Real Decreto Ley que resulta de la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

La Directiva (UE) 2019/1158 tiene como fin lograr la igualdad entre hombres y mujeres respecto a las oportunidades en el mercado laboral y la igualdad de trato en el trabajo, mediante el fomento de la conciliación de la vida familiar y profesional de los “trabajadores progenitores o cuidadores”.

La Convención sobre los Derechos del Niño, así como las leyes estatales y autonómicas de Infancia establecen que los poderes públicos tienen la obligación de garantizar los derechos y el pleno desarrollo de los niños y las niñas y de poner en el centro el interés superior del menor en cualquier medida administrativa, legislativa o judicial que les afecte. La regulación e implementación de medidas de conciliación afecta directamente al bienestar de la Infancia y, por tanto, su interés superior debería de haber sido prioritario en el desarrollo de las medidas de conciliación que la Directiva europea obliga a España a incorporar en su ordenamiento.

La Plataforma de Infancia ya advirtió de esta necesidad cuando realizó aportaciones en la fase de Consulta y Audiencia Pública del Anteproyecto de Transposición de la Directiva que quedó en suspenso, así como en todas las fases hasta el trámite parlamentario del Proyecto de Ley de Familias, que también quedó sin aprobarse en esta legislatura.

Ambas iniciativas legislativas, incorporaban los permisos para cuidar ahora en vigor, tras ser introducidos en el Real Decreto Ley analizado.

El RDL tiene entre sus fines la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, cuyas principales medidas aplaudimos. Esta Directiva debía trasponerse en España antes del día 4 de agosto de 2023, excepto lo relativo a la plena remuneración de los permisos parentales, cuyo plazo se ampliaba hasta el 4 de agosto de 2024 para las dos últimas semanas de permiso.

La Plataforma de Infancia celebra que se hayan introducido en nuestro ordenamiento jurídico los permisos y derechos que establece la Directiva antes de que termine la legislatura y que, sin duda, facilitarán la conciliación y promoverán el cuidado de niños, niñas, adolescentes y otras personas y familiares.

Sin embargo, se observa que la Directiva no ha sido plenamente traspuesta en lo relativo a la remuneración de los permisos parentales ni en su duración. Tampoco se han incluido medidas con un enfoque de infancia, tal y como veníamos insistiendo las organizaciones de infancia desde que se publicó la fase de Consulta de la Ley de Transposición, ni se ha adaptado a las necesidades específicas de las familias con mayores dificultades para conciliar, tal y como invita la propia Directiva en su Considerando 37, y tal y como la Plataforma de Infancia ha venido pidiendo al Gobierno y a los grupos parlamentarios desde entonces.

Descarga aquí el «Análisis del Real Decreto Ley de la transposición de la Directiva de Conciliación«

Fuente: www.plataformadeinfancia.org