Jugar a nuestro aire. Obligaciones del Estado español en el marco de las Observaciones Generales 17 y 26

El derecho al juego en entornos saludables es una obligación de los Estados. Descubre por qué garantizar espacios seguros, verdes e inclusivos es esencial para la infancia.
El derecho al juego en entornos saludables es un principio fundamental reconocido por la Convención sobre los Derechos del Niño y reforzado por las Observaciones Generales nº 17 y nº 26. Estas directrices recuerdan a los Estados su obligación de garantizar que cada niña, niño y adolescente pueda acceder a espacios seguros, inclusivos y libres de contaminación donde jugar, aprender y desarrollarse plenamente.
La Observación General nº 17 destaca el valor del juego como un motor esencial del desarrollo físico, cognitivo, emocional y social. Sin embargo, este derecho continúa siendo escasamente reconocido en la práctica y poco incorporado en las normativas estatales y locales. En España, pese a algunos avances en leyes de protección a la infancia, el derecho al juego aún no figura como un derecho exigible, lo que limita la garantía de espacios de calidad y adecuados para todas las edades.
La Observación General nº 26 introduce una perspectiva clave: el juego solo puede ejercerse plenamente en un entorno saludable. La contaminación, la escasez de zonas verdes, el exceso de tráfico o la falta de sombra afectan directa y desproporcionadamente a la infancia, especialmente en barrios vulnerables. Los Estados, por tanto, tienen la obligación de crear ciudades más humanas, planificadas desde la perspectiva infantil y con acceso equitativo a áreas verdes, parques naturales, calles pacificadas y zonas de esparcimiento seguras.
Asimismo, las Observaciones Generales recuerdan que la participación infantil es imprescindible. Escuchar a niñas, niños y adolescentes en el diseño de sus propios espacios mejora su seguridad, accesibilidad y sentido de pertenencia.
Garantizar el derecho al juego en entornos saludables no es un lujo, sino un deber estatal y una condición para el bienestar integral de la infancia.
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Autoría: Plataforma de Infancia
Fuente: www.plataformadeinfancia.org





